Artículo 322. Ley Núm. 479-08
(Modificado por el artículo 14 de la Ley 31-11, de fecha 11 de febrero de 2011)
Las obligaciones son títulos negociables que, en una misma emisión, confieren los mismos derechos de crédito para igual valor nominal.
Artículo 322. Ley Núm. 479-08
(Modificado por el artículo 14 de la Ley 31-11, de fecha 11 de febrero de 2011)
Las obligaciones son títulos negociables que, en una misma emisión, confieren los mismos derechos de crédito para igual valor nominal.