Artículo 95. Ley 45-20
Solicitud inicial. El acreedor garantizado para iniciar el proceso de ejecución, entregará al ejecutor designado la solicitud de ejecución de la garantía mobiliaria, adjuntando a la misma el título ejecutorio consistente en el contrato de garantía mobiliaria original y la certificación de inscripción del formulario de ejecución.
Párrafo.- Si el contrato de garantía está en un idioma diferente al español, deberá presentarse una traducción realizada por un traductor oficial. Dicha solicitud no deberá cumplir con ningún formalismo especial, solo debe presentarse por escrito y no tiene que ser auxiliada por abogado.