Artículo 268. Ley Núm. 479-08
(Modificado por la Ley 31-11, de fecha 11 de febrero de 2011)
Las sociedades anónimas que incursionen en el mercado de valores estarán obligadas a exhibir a la Superintendencia de Valores sus asientos contables y registros sociales, en los límites de la fiscalización correspondiente.