Artículo 120. Ley Núm. 141-15

Contestación. La lista provisional de reconocimiento de créditos una vez depositada en el tribunal, debe ser publicada tres (3) días consecutivos en por lo menos un periódico de circulación nacional y notificada a los acreedores y al deudor, los cuales tienen un plazo de diez (10) días hábiles[1]Ver artículo 92 del Reglamento de Aplicación donde se indica que este plazo  se computará exclusivamente desde el día inicial de publicación en la página electrónica del Poder Judicial, … Continue reading[2]Ver artículo 62 de la Ley núm. 141-15 sobre la reducción a la mitad de este plazo en caso de Procedimientos Abreviados de Reestructuración. para elevar ante el tribunal su posición respecto del reconocimiento de una o varias acreencias determinadas. La falta de respuesta dentro de este plazo impide toda contestación ulterior a la lista.[3]Comentario Hub Legal [Francisco Merejo]: Para conocer más sobre la acción en contestación, recomendamos leer nuestra entrada «Consecuencias de la Falta de Declaración de Acreencias en los … Continue reading El tribunal debe citar a quienes contesten la lista y conocer sus explicaciones dentro de un plazo adicional de diez (10) días hábiles, el cual se computará a partir del vencimiento del plazo anterior. Ninguna acreencia puede ser rechazada, en todo o en parte, hasta haber sido oídos o citados el acreedor y el deudor.[4]Ver artículo 92 del Reglamento de Aplicación sobre las disposiciones reglamentarias de las acciones en contestación y artículo 93 sobre el plazo con que el Tribunal cuenta para pronunciarse sobre … Continue reading

References
1 Ver artículo 92 del Reglamento de Aplicación donde se indica que este plazo  se computará exclusivamente desde el día inicial de publicación en la página electrónica del Poder Judicial, sin tomar en consideración a estos efectos la fecha de publicación en periódicos o de notificación personal recibida por el Deudor o los Acreedores.
2 Ver artículo 62 de la Ley núm. 141-15 sobre la reducción a la mitad de este plazo en caso de Procedimientos Abreviados de Reestructuración.
3 Comentario Hub Legal [Francisco Merejo]: Para conocer más sobre la acción en contestación, recomendamos leer nuestra entrada «Consecuencias de la Falta de Declaración de Acreencias en los Procesos de Reestructuración Mercantil y Liquidación Judicial».
4 Ver artículo 92 del Reglamento de Aplicación sobre las disposiciones reglamentarias de las acciones en contestación y artículo 93 sobre el plazo con que el Tribunal cuenta para pronunciarse sobre las mismas.