Artículo 11. Reglamento de la Ley Núm. 141-15

Presentación de la solicitud y documentos probatorios. La solicitud se presentará en la oficina de la Cámara de Comercio y Producción que corresponda, en formulario escrito y firmado. Podrá autorizarse el envío de la solicitud en forma electrónica y con firma digital. La Cámara de Comercio y Producción que corresponda deberá inmediatamente acusar recibo al solicitante por el mismo medio utilizado para la presentación de la solicitud.

PÁRRAFO I: El solicitante deberá acompañar los documentos o elementos de prueba que acrediten los datos y la información contenidos en la solicitud, en la forma que establezca y publique la Cámara de Comercio y Producción que corresponda al abrirse cada proceso de selección.

PÁRRAFO II: Dentro del término de tres (3) días hábiles de recibida la solicitud, la Cámara de Comercio y Producción que corresponda deberá solicitar que se completen los datos o los elementos de pruebas faltantes dentro de un término que no será menor de tres (3) ni mayor de diez (10) días hábiles. La notificación se cursará por correo electrónico. Vencido el plazo, la Cámara de Comercio y Producción que corresponda resolverá sobre la admisibilidad o inadmisibilidad formal de la solicitud dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.