Artículo 473
Código Civil de la República Dominicana
Art. 473. Si la cuenta es causa de cuestiones, se discutirán y resolverán éstas como cualquiera otra demanda civil.
Artículo 473
Código Civil de la República Dominicana
Art. 473. Si la cuenta es causa de cuestiones, se discutirán y resolverán éstas como cualquiera otra demanda civil.