Artículo 17
Código Civil de la República Dominicana
Art. 17. Los derechos de ci\\udadano se pierden: Primero.Por servir, o comprometerse a servir contra la República. Segundo.Por haber sido condenado a pena aflictiva o infamante. Tercero.Por admitir en territorio dominicano empleo de un gobierno extranjero, sin consentimiento del Congreso Nacional. Cuarto.Por quiebra comercial fraudulenta.