Artículo 1. Reglamento de la Ley Núm. 141-15
Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las reglas para la aplicación y eficaz desarrollo de los procedimientos que establece la Ley núm. 141-15, de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes, del 7 de agosto de 2015.
Párrafo: Los procedimientos establecidos en la Ley núm. 141-15 se aplicarán respecto de los Deudores definidos en el Artículo 2 de este Reglamento, que se encuentren de manera actual o inminente en estado de dificultad financiera que pueda impedirles cumplir regularmente con sus obligaciones. Dicho estado se presumirá ante la existencia u ocurrencia, respecto del Deudor, de uno o más de las condiciones enumerados en el Artículo 29 de la Ley núm. 141-15.