Artículo 525. Ley Núm. 479-08
(Modificado por el artículo 18 de la Ley 31-11, de fecha 11 de febrero de 2011)
Una vez concluido el procedimiento de adecuación o transformación o expirado el plazo establecido por el artículo 521 para dichos procesos, las sociedades quedarán sujetas a las disposiciones de la presente ley.