Artículo 732
Código Civil de la República Dominicana
Art. 732. La ley no atiende ni al origen ni a la naturaleza de los bienes para arreglar el derecho de heredarlos.
Artículo 732
Código Civil de la República Dominicana
Art. 732. La ley no atiende ni al origen ni a la naturaleza de los bienes para arreglar el derecho de heredarlos.