Pasivos
De acuerdo con el Marco Conceptual de las NIIF’s Completas, un pasivo es una obligación presente de la entidad de transferir un recurso económico como resultado de eventos pasados (párrafo 4.26 Marco Conceptual, NIIFs Completas).
Para que un pasivo pueda reconocerse bajo las NIIF’s Completas, este debe cumplir con las siguientes condiciones:
- La entidad debe tener una obligación;
- La obligación debe corresponder a la transferencia de un recurso económico;
- La obligación debe ser una obligación presente que existe como resultado de eventos pasados.
Una obligación es un deber o responsabilidad que una entidad no tiene la capacidad práctica de evitar, y que es adeudada siempre a otra parte (o partes), sean estas conocidas o no (párrafo 4.29).
Las obligaciones pueden quedar establecidas por contrato, o provenir de legislación o medios similares y ser legalmente exigibles por la parte (o partes) a quienes se les adeuda. Sin embargo, las obligaciones también pueden surgir de prácticas habituales de una entidad—mejor conocidas como «obligaciones constructivas»— o de políticas publicadas o declaraciones específicas si la entidad no tiene la capacidad práctica para actuar de una manera inconsistente con dichas prácticas, políticas o declaraciones (párrafo 4.31).
Para satisfacer el segundo criterio de transferencia de un recurso económico, la obligación debe tener el potencial de requerir que la entidad transfiera un recurso económico a otra parte (o partes). Para que exista ese potencial, no es necesario que sea seguro, o incluso probable, de que se requerirá que la entidad transfiera un recurso económico; la transferencia puede, por ejemplo, ser requerida solo si ocurre un evento futuro incierto especificado (párrafo 4.37).
En los casos donde no hay claridad sobre si existe una obligación hasta que suceda un evento que resuelva la incertidumbre, como por ejemplo, si otra parte busca de la entidad una compensación por un supuesto acto ilícito, la representación de dicho pasivo deberá ir acompañado de información en las notas sobre la magnitud de las posibles salidas de efectivo, junto a su posible oportunidad y demás factores que afecten la probabilidad de su ocurrencia (párrafo 5.16, Marco Conceptual NIIF’s Completas).
En cuanto al tercer criterio, una obligación presente existe como resultado de sucesos pasados solo si la entidad ya ha obtenido beneficios económicos o ha tomado una acción, y como consecuencia, la entidad tendrá o puede tener que transferir un recurso económico que de otro modo no habría tenido que transferir (párrafo 4.43). Sobre este criterio toma especial relevancia el concepto dado por las NIIF’s completas de «Contratos Ejecutorios», los que define como aquellos contratos donde no se ha cumplido de forma equitativa las obligaciones asumidas entre las partes, es decir, donde ninguna de las partes ha cumplido totalmente sus obligaciones, o donde ambas partes han cumplido pero solo parcialmente sus obligaciones en igual medida (párrafo 4.56). En estos casos, la entidad no tiene una obligación presente ya que aún no ha obtenido beneficios económicos, o no ha tomado una acción, que requiere o pueda requerir que la entidad transfiera un recurso económico que de otro modo no habría tenido que transferir (párrafo 4.47).
En este sentido, puede existir una obligación presente incluso si una transferencia de recursos económicos no es exigible hasta algún momento en el futuro (párrafo 4.46), pero únicamente se registrará un pasivo si ha existido previamente un beneficio económico para la entidad, o ha sido realizada una acción, que en uno u otro caso de lugar o que pueda dar lugar a la obligación de transferencia de un recurso económico, que no habría sido transferido de no haberse recibido el beneficio, o realizado la acción.