Artículo 283. Ley Núm. 479-08

Cuando en ocasión del aumento del capital se realicen aportaciones en naturaleza, será preciso que conjuntamente con la convocatoria a la asamblea general extraordinaria, se ponga a disposición de los accionistas el informe de los administradores en el que se describirán con detalles las aportaciones proyectadas, las personas que habrán de efectuarlas, el número y valor nominal de las acciones a entregarse y las garantías a otorgarse.