Considerandos y Leyes Vistas

Ley Núm. 141-15

Considerando Primero: Que la Constitución dominicana establece las conveniencias de atraer la inversión de nuevos capitales para el fomento de la economía nacional o para cualquier otro objeto de interés social.

Considerando Segundo: Que la Constitución señala la necesidad del Estado dominicano de reconocer el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país; fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional; incentiva y protege el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y otras formas de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos.

Considerando Tercero: Que es de interés del Estado dominicano promover una política dinámica de generación de empleos, divisas y transferencia de tecnología, estimulando la instalación, desarrollo y operación de las empresas.

Considerando Cuarto: Que la República Dominicana es una economía abierta, que ha adoptado una política de agresiva inserción en el comercio mundial suscribiendo tratados de libre comercio que trasladan la competencia global al ámbito local.

Considerando Quinto: Que, en este contexto, es imprescindible contar con una normativa jurídica que contribuya y sustente la competitividad de la industria local y de los productos nacionales en los mercados internacionales, a través del desarrollo de nuevos mecanismos de impulso a la producción competitiva, como son el apoyo a la innovación, la facilitación logística, el estímulo a las exportaciones, el fomento a la asociatividad y el fortalecimiento de las cadenas de valor.

Considerando Sexto: Que como miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC), la República Dominicana deberá cumplir con los compromisos contraídos a través de los acuerdos comerciales, de los cuales el país es signatario, razón por la cual está en la obligación de adecuar su legislación en materia de reestructuración y liquidación de empresas y personas físicas comerciantes.

Considerando Séptimo: Que es necesario contar con una normativa jurídica que contribuya y sustente la competitividad de las empresas y personas físicas comerciantes, a través del desarrollo de nuevos mecanismos que den impulso a la producción competitiva, como el apoyo a la constitución de nuevas empresas.

VISTA: La Ley No. 11-92, del 16 de mayo de 1992, Código Tributario de la República Dominicana, y sus modificaciones.

VISTA: La Ley No. 288, del 30 de junio del año 1966, Orgánica de la Corporación de Fomento Industrial de la República Dominicana, y sus modificaciones.

VISTA: La Ley No. 84-99, del 6 de agosto de 1999, de Reactivación y Fomento de las Exportaciones (Paridad Textil).

VISTA: La Ley No. 392-07, del 4 de diciembre de 2007, sobre Competitividad e Innovación Industrial.