Best Interest Test o Examen del Mejor Interés
El artículo 134, párrafo, inciso xii de la Ley 141-15 requiere como una de las condiciones precedentes para que el plan de reestructuración pueda ser aprobado, la inclusión de «una descripción que demuestre que, de aprobarse el plan, los acreedores estarían mejor que en un escenario de liquidación».
A esta descripción exigida por el artículo 134 se le conoce popularmente en el derecho de insolvencia como el «best interest test» o «examen [de cumplimiento] del mejor interés», y tiene como propósito fijar un valor mínimo que deban recibir los acreedores basado en el valor que estos recibirían en caso de que se liquidase el patrimonio del deudor.
El artículo 134 de la Ley 141-15 no incluye una formula expresa sobre cómo el proponente del plan podría cumplir con esta descripción de valor, por lo que serviría acudir a otras legislaciones que han puesto en práctica dicho requerimiento, como lo es la legislación de insolvencia de los Estados Unidos de América a través de su Código de Bancarrota. Este código establece en su sección 1129(a)(7)(ii) que cada acreedor o accionista opuesto a la confirmación del plan, «deberá recibir o retener bajo el plan, (…) en la fecha efectiva de este, un valor que no sea menos que el monto al que dicho [acreedor o accionista] recibiría o retendría de ser el deudor liquidado bajo el Capítulo 7 de este título en tal fecha».
En aplicación del «best interest test» las cortes estadounidenses han requerido que para que un plan de reestructuración cumpla con la sección 1129(a)(7)(A)(ii), el proponente del plan debe evidenciar que se han satisfecho los siguientes tres condiciones:
1. Suministre evidencia sobre el valor de liquidación de cada uno de los activos del deudor, lo cual es típicamente hecho a través valoraciones, tasaciones y análisis similares. En el caso de activos líquidos o equivalentes a efectivos, como lo son el inventario y cuentas por cobrar, se suele incluir un análisis histórico de realización de estos activos sujetándose a descuentos por el tiempo que le tomaría a la empresa realizar los mismos bajo una situación de liquidación.
2. Establezca que la propuesta de distribución a ser ejecutada bajo el plan de reestructuración, supera el valor que sería distribuido a los acreedores y accionistas en caso de que se procediese con una liquidación.
3. Por último evidencie que el plan cumple con las reglas de distribución de la liquidación judicial, que en el caso estadounidense es llevado a cabo bajo el Capítulo 7 del Código de Bancarrota. En otras palabras, la valoración que será sometida a escrutinio como base del monto mínimo que los acreedores y accionistas deben recibir bajo el plan, debe contemplar el orden de prioridad en que cada una de las clases de acreedores y accionistas recibiría su pago dado el valor estimado.