Artículo 4. Ley Núm. 249-17
Normativa aplicable. El mercado de valores se regirá con estricto apego a la Constitución de la República, a lo prescrito en esta ley y en los reglamentos y resoluciones que dicten el Consejo Nacional del Mercado de Valores, en lo adelante, el “Consejo”; y, la Superintendencia del Mercado de Valores, en lo adelante, “Superintendencia”, en el área de sus respectivas competencias. Serán de aplicación supletoria en los asuntos no previstos específicamente en las anteriores normas, las disposiciones generales del derecho administrativo, la legislación societaria, comercial, monetaria y financiera, de fideicomiso, el derecho común y los usos mercantiles, en el orden citado