Artículo 274. Ley Núm. 249-17

Requisitos para la autorización. Para obtener autorización de la solicitud de inscripción en el Registro como sociedades administradoras de mecanismos centralizados de negociación, las sociedades anónimas deberán cumplir los requisitos siguientes:

1) Contar con un capital suscrito y pagado mínimo de cincuenta y cuatro millones de pesos dominicanos (RD$54,000,000.00), totalmente en efectivo, indexado anualmente conforme al Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central de la República Dominicana.

2) Cumplir con las disposiciones de gobierno corporativo establecidas en esta ley y sus reglamentos.

3) Contar con oficinas, instalaciones, sistemas contables, operativos e informáticos adecuados para desarrollar sus actividades.

4) Contar con miembros del consejo de administración, principales ejecutivos y empleados que no se encuentren impedidos o prohibidos para ejercer el comercio ni estar inhabilitados para actuar de acuerdo a lo establecido en esta ley, y

5) Los demás requisitos que se establezcan reglamentariamente