Artículo 19. Ley Núm. 141-15

Límite de concentración de votos. Con excepción de los casos donde exista un solo acreedor, un acreedor registrado[1]Ver definición en artículo 5 y la entrada sobre «Acreedores Registrados» en nuestro Glosario de Términos. o reconocido,[2]Ver definición en artículo 5 y la entrada sobre «Acreedores Reconocidos» en nuestro Glosario de Términos. según corresponda, puede concentrar más del cincuenta por ciento (50%) del poder de voto,[3]Comentario Hub Legal: este es un error de redacción de la ley, ya que debería leerse «Con excepción de los casos donde exista un solo acreedor, un acreedor registrado o reconocido, según … Continue reading independientemente del monto de su acreencia. En los casos donde un acreedor registrado o reconocido supere el límite máximo, el porcentaje a partir del cincuenta por ciento (50%) debe ser distribuido de forma proporcional entre los demás acreedores registrados o reconocidos en relación a los montos de sus acreencias registradas o reconocidas.[4]Ver artículo 36 del Reglamento de Aplicación, donde se establece que la condición de repartición proporcional no opera cuando existen sólo dos (2) acreedores.

References
1 Ver definición en artículo 5 y la entrada sobre «Acreedores Registrados» en nuestro Glosario de Términos.
2 Ver definición en artículo 5 y la entrada sobre «Acreedores Reconocidos» en nuestro Glosario de Términos.
3 Comentario Hub Legal: este es un error de redacción de la ley, ya que debería leerse «Con excepción de los casos donde exista un solo acreedor, un acreedor registrado o reconocido, según corresponda, no puede concentrar más del cincuenta por ciento (50%) del poder de voto (…)».
4 Ver artículo 36 del Reglamento de Aplicación, donde se establece que la condición de repartición proporcional no opera cuando existen sólo dos (2) acreedores.