Apelación

Las siguientes decisiones pueden ser recurridas en apelación ante la Corte de Apelación de Reestructuración y Liquidación Judicial de acuerdo con la Ley núm. 141-15:

  1. La decisión sobre un recurso de impugnación a un funcionario del proceso (ver artículo 50).
  2. La decisión sobre el recurso de revisión interpuesto en torno a la decisión que acoge o desestima la solicitud de reestructuración (ver artículo 51).
  3. La decisión que trate sobre alguna controversia surgida durante la ejecución, o derivada de la modificación del plan de reestructuración (ver artículo 143).
  4. La decisión que estatuye sobre la apertura del procedimiento de liquidación judicial (ver artículo 193).
  5. Por parte de los acreedores, las decisiones que estatuyen sobre la caducidad en el reconocimiento de las acreencias (ver artículo 193).
  6. Por parte del deudor, de cualquiera de los acreedores o del asesor de los trabajadores, las decisiones que estatuyen sobre el plan de reestructuración o el procedimiento de liquidación judicial (ver artículos 173 y 193), y
  7. Por cualquier parte que muestre calidad e interés legítimamente protegido (ver artículo 193).

Ver también: Corte de Apelación