Artículo 25
Código Civil de la República Dominicana
Art. 25. Las presentes disposiciones sobre los efectos de la interdicción civil no son aplicables a los casos de condenación por causa política.
Artículo 25
Código Civil de la República Dominicana
Art. 25. Las presentes disposiciones sobre los efectos de la interdicción civil no son aplicables a los casos de condenación por causa política.