Artículo 111. Ley 45-20 

Emisión de la resolución. Recibida la instancia, el juez emitirá resolución dentro de los dos días calendarios siguientes a la recepción de esta en la que fijará la fecha de realización de la subasta pública, la venta directa o adjudicación en pago, para que se lleve a cabo dentro de un plazo máximo de quince días calendario. En esa misma resolución el juez otorgará al deudor garante el plazo de tres días francos para que demuestre pago liberatorio con documentación fehaciente o prescripción.