Artículo 367. Ley Núm. 249-17

Actualización de montos absolutos. Para mantener actualizados los montos absolutos previstos en esta ley, la Superintendencia deberá, anualmente, realizar los ajustes por inflación, si procediere, conforme al Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central de la República Dominicana. De igual forma, el Consejo tendrá la facultad de revisar, aumentar o disminuir anualmente los capitales suscritos y pagados mínimos establecidos en esta ley, conforme a las condiciones del mercado.