Artículo 349. Ley Núm. 249-17

Recurso jerárquico contra las decisiones de las entidades autorreguladoras. Las decisiones de las entidades autorreguladoras, podrán ser apeladas por ante la Superintendencia, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión de la entidad al afectado, debiendo la Superintendencia responder en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contado desde el momento de ser interpuesta dicha apelación.