Artículo 199. Ley Núm. 249-17
Metodologías de valuación. Todas las metodologías de valuación empleadas por las sociedades proveedoras de precios, deberán ser registradas ante la Superintendencia. Un resumen de dichas metodologías será publicado por la sociedad proveedora en su página web.
Párrafo: Reglamentariamente se establecerán los requisitos que se deberán observar para la elaboración de las metodologías de valuación.