Artículo 53. Ley Núm. 249-17
Responsabilidad y riesgo. La autorización de la Superintendencia y la inscripción en el Registro no implica certificación, ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia, respecto de la solvencia de las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro, ni del precio, negociabilidad o rentabilidad de los valores de oferta pública, ni garantía sobre las bondades de dichos valores. La información presentada será de exclusiva responsabilidad de quien la presenta. Toda publicidad o difusión por cualquier medio, realizada por emisores, intermediarios de valores y otros participantes del mercado de valores regulados por esta ley, debe mencionar obligatoriamente esta salvedad.
Párrafo: La Superintendencia exigirá que los riesgos y características de cada emisión de oferta pública queden suficientemente explícitos en el prospecto de emisión y en la publicidad que se realice, pudiendo solicitar la inclusión de todas las advertencias que considere razonables y oportunas para la seguridad de los inversionistas y la transparencia del mercado.