Artículo 13. Reglamento de la Ley Núm. 141-15

Evaluación de los solicitantes admitidos. Los solicitantes formalmente admitidos quedarán habilitados para ser evaluados ante la Cámara de Comercio y Producción que corresponda. La evaluación se rendirá mediante entrevista oral y examen escrito presencial. Se evaluará a los postulantes sobre conocimientos jurídicos, contables y de administración de empresas vinculados al desempeño de las funciones de Verificador, Conciliador o Liquidador, según corresponda. El temario de la evaluación y el procedimiento para rendirla serán determinados en detalle por la Cámara de Comercio y Producción que corresponda y se publicarán al abrirse cada proceso de selección. 

PÁRRAFO I: A los efectos de la evaluación y calificación de su resultado, la Cámara de Comercio y Producción que corresponda formará un jurado de tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, integrado por profesionales con experiencia y conocimientos en las áreas del saber que sean relevantes para el desempeño de las funciones de Verificador, Conciliador o Liquidador. Los nombres y una síntesis de los antecedentes de los miembros del jurado se publicarán en el sitio electrónico de la Cámara de Comercio y Producción que corresponda al abrirse cada proceso de selección. 

PÁRRAFO II: Los miembros del jurado podrán ser recusados y deberán inhibirse de actuar cuando se encuentren incursos en las causales de recusación de los jueces que establece la legislación procesal. La inhibición o recusación deberá presentarse por escrito ante la Cámara de Comercio y Producción que corresponda. La aceptación o rechazo de la inhibición o recusación será resuelta por los demás miembros del jurado. En caso de desplazamiento por recusación o inhibición de un miembro del jurado, éste se integrará con un suplente.

PÁRRAFO III: La evaluación se calificará como aprobada o desaprobada mediante decisión justificada y fundamentada. Los solicitantes desaprobados no podrán volver a postularse hasta que vuelva a abrirse un nuevo proceso de selección y registro de Verificadores, Conciliadores o Liquidadores.