Artículo 160. Ley Núm. 141-15

Publicación. El tribunal debe ordenar la publicación de un extracto de la decisión en un periódico de amplia circulación nacional por tres (3) días consecutivos y en la página Web del Poder Judicial. Los terceros interesados sólo pueden intentar el recurso de la tercería contra esta decisión en el plazo diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del extracto, sin perjuicio de la interposición de cualquier otra vía de derecho.