La reciente tragedia de la discoteca Jet Set que cobró 225 vidas y dejó a cientos más heridos representa no solo una profunda catástrofe humana, sino también un complejo desafío legal sin precedentes. Mientras las familias de las víctimas inician el doloroso proceso de duelo, un paso que inevitablemente seguirá será el de buscar justicia y compensación, poniendo a prueba un sistema judicial ya de…
El concepto de valor en el derecho romano: Verum Pretium, Utilitas y Pretium ex Affectu
El concepto de «valor» en el derecho romano era diverso y difería en ciertos aspectos de las nociones modernas de este término. Los juristas romanos empleaban varias frases y nociones para describir diferentes facetas de lo que hoy en día denominamos «valor» en el ámbito económico, como verum pretium (valor ordinario o de mercado), utilitas (valor específico para el propietario o demandante) y pretium ex…

Las Acciones en Nulidad bajo el Marco de la Ley 141-15
1. Introducción. En búsqueda de proteger los intereses y equidad de los acreedores, la Ley número 141-15 (“LRL”) establece la facultad de los funcionarios en procesos de reestructuración y liquidación judicial de accionar en nulidad en contra de aquellos actos de distracción injustificada de bienes por parte del deudor que perjudiquen a los acreedores. El principal motivo de esta acción es reintegrar aquellos activos que…

Delimitación de las Acreencias Anteriores y Posteriores bajo la Ley núm. 141-15 (Parte II)
Tal y como indicamos en el artículo anterior, las acreencias posteriores bajo la Ley núm. 141-15 («LRL») son aquellas que surgen de manera regular de la operación ordinaria del deudor luego de la apertura del procedimiento de conciliación y negociación, no estando sujetas ni a la declaración previa impuesta por el artículo 109 de la LRL, ni a la disciplina de suspensión de actuaciones colectivas…

Delimitación de las Acreencias Anteriores y Posteriores bajo la Ley núm. 141-15 (Parte I)
La Ley núm. 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes («LRL») contrapone dos tipos de acreencias en cuanto a la declaración, tratamiento y jerarquía de pagos durante el transcurso de un proceso de conciliación y negociación, y ante la apertura de un proceso de liquidación judicial.

Consecuencias de la Falta de Declaración de Acreencias en los Procesos de Reestructuración Mercantil y Liquidación Judicial
La declaración de acreencias es la vía que en principio tiene un acreedor para hacer reconocer su crédito bajo la Ley núm. 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes («LRL»). Esta declaración se suma a las informaciones provistas por el verificador en su informe—o a las comunicadas por el propio deudor en caso de que se prescinda de este funcionario[1]No en…